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Calculadora Legal

Calculadora de Embargo Salarial

Calcula el monto embargable de tu salario según el Artículo 172 del Código de Trabajo de Costa Rica. Conoce cuánto de tu salario puede ser retenido legalmente.

Información Salarial

Salario líquido calculado: ₡0

Tipo de Embargo

¿Cómo se calcula?

Para deudas comunes, el salario mínimo es inembargable. El excedente se embarga en 1/8 hasta 3 salarios mínimos y 1/4 del resto.

Resultado del Embargo

Ingrese los datos y presione calcular

Información sobre el Embargo Salarial

Base Legal

El embargo salarial está regulado por el Artículo 172 del Código de Trabajo de Costa Rica. Establece las condiciones y límites para el embargo de salarios.

Salario Mínimo Inembargable

Según el Artículo 172 del Código de Trabajo y el Decreto 45303-MTSS publicado en la Gaceta N°229, Alcance N°156 (5 de diciembre de 2025), el salario mínimo inembargable es el salario de trabajo doméstico: ₡268,731.31 mensuales para 2026. Este es el menor salario establecido en el decreto de salarios mínimos. Los salarios que no excedan de este monto son completamente inembargables.

Porcentajes de Embargo

  • 1/8 (12.5%) de la porción hasta 3 veces el salario mínimo
  • 1/4 (25%) del resto del excedente
  • Hasta 50% para pensión alimenticia

Procedimiento Legal

El embargo requiere:

  • • Orden judicial de juez competente
  • • Notificación al empleador
  • • Cumplimiento obligatorio por el patrono

Ejemplos de cálculo (con salario mínimo ₡268,731.31)

Salario líquido Tipo de embargo Monto embargable Salario a recibir
₡300,000 Deuda común ₡0 (inembargable) ₡300,000
₡500,000 Deuda común ₡28,908 ₡471,092
₡800,000 Deuda común ₡66,408 ₡733,592
₡1,200,000 Deuda común ₡133,408 ₡1,066,592
₡1,000,000 Pensión alimenticia ₡365,634 ₡634,366

* El salario mínimo inembargable corresponde al salario de trabajo doméstico según el Decreto 45303-MTSS, Gaceta 229 Alcance 156.

Nota importante: Esta calculadora es una herramienta informativa. Para embargos reales, consulte con un abogado especializado en derecho laboral o el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de Costa Rica.